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Abuso sexual infantil, el grito silencioso | Revista Colibri
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Abuso sexual infantil, el grito silencioso

Por Pablo Hernán Velazquez

Una de cada cinco niñas y uno de cada trece niños sufrieron o sufrirán situaciones de abuso sexual antes de los 18 años, informa la Organización Mundial de la Salud (OMS). Sin embargo, se denuncia apenas el 10% de los casos y menos de 1% llega a una condena. En Argentina, el 53% de los casos denunciados de abuso de menores sucedieron en el hogar de la víctima, tres de cada cuatro victimarios son familiares o tutores, y solo prosperó el 8% de las denuncias, por debajo de la media relevada por la OMS.

¿Cómo se previene el abuso cuando la víctima convive con su agresor?

   En una de las últimas sesiones, y buscando dar algún tipo de respuesta a esta pesadilla de miles de niñes y adolescentes, el Senado aprobó de forma unánime, pero a libro cerrado y sin debate, un proyecto que tenía media sanción desde noviembre de 2017 en Diputados, que declara de acción pública el delito de abuso sexual de menores: a partir de ahora el Estado podrá intervenir e investigar estos casos con solo tomar conocimiento de los mismos.
  “El abuso sexual infantil es un delito ‘a puertas cerradas’, en la gran mayoría de los casos es un delito intrafamiliar, es decir, el autor del hecho se encuentra en la esfera familiar o íntima de la víctima”, afirma en diálogo con Colibrí Revista Andrea Viviana Moyano, doctora y abogada de la niña, del niño y del adolescente, sobre los pros y los contras de esta modificación.
   Hasta el momento, y mientras no se reglamente lo votado, si un menor ingresa a una unidad de salud con lesiones compatibles con abuso sexual, o si cuenta la situación en la escuela, el caso debe denunciarse, pero solamente puede iniciarse un proceso contra el agresor si los representantes de la víctima menor de edad acceden. Es por eso que muchas veces el mismo autor del hecho es el responsable de ratificar o no la denuncia e «instar» la causa penal, es decir, autorizar al Estado para que continúe la investigación.
   Al categorizar la legislación aprobada, Moyano hace un balance del sistema judicial actual en el contexto de aplicación: “Esta es una buena ley y con la mejor de las intenciones, pero mientras no estén realmente capacitados los operadores judiciales, con perspectiva de género, y con una mirada proteccionista respecto de la infancia y adolescencia, esto se traducirá en nuevamente someter a las víctimas a una intervención estatal que no los rescata, sino que puede llegar a hundirlos».
   Al ser un delito difícil de probar, la impericia de la justicia para la resolución de estos casos termina por disipar los rastros más profundos del abuso, sin que sea posible identificarlo para los mecanismos de la investigación: “Tengo casos donde los chicos han tenido una buenísima contención familiar y terapéutica, y para cuando los tiempos judiciales toman la pericia, las huellas psíquicas del delito se fueron diluyendo, no hay testigos por el tipo de delito, y si no hay lesiones prefieren dictaminar que no hay certeza”, justifica la doctora especialista en niñez.
  Lo que les Senadores votaron el 10 de octubre es una corrección en el texto del artículo 72 del Código Penal, que ya decía que, en caso de no tener padres o tutores, o que el delito fuera cometido por ascendientes, tutores o guardadores, el fiscal podía investigar de oficio. Lo que la modificación hace es que a pesar de tener padres o tutores o, aunque el delito no fuera cometido por ascendientes, tutores o guardadores, el delito sea investigado de oficio por el Estado, al tomar conocimiento del caso y sin necesidad de una ratificación.
   La doctora Moyano remarca que una actuación de oficio del Estado descolgada de todo marco de contención, vulnera y lesiona la intimidad de las víctimas, y reclama que dicha ley sea complementada “con un acompañamiento real, desde lo psicológico, pero también desde lo familiar y social, deben brindársele (a las víctimas) abogados especializados en niñez y adolescencia, y en delitos sexuales para llevar a cabo las querellas o mínimamente para asesorarlos durante el desarrollo de todo el proceso penal”.
   Al hablar de abuso sexual infantil se habla de una situación que replica una relación de poder que no distingue clases sociales ni sectores. Dentro del marco de contención y de información que debe acompañar a las víctimas, la Educación Sexual Integral cumple un rol fundamental para la identificación de situaciones que son parte de una trama de abuso.
   La idea universal de familia remite al amor, el respeto, el cuidado y la protección, pero existe una flagrante contradicción cuando damos cuenta de que un amplio porcentaje de abusos ocurren en ese ámbito que debería ser el de mayor contención para les niñes, y sin embargo a veces, para quienes se criaron en épocas en las cuales estaban naturalizadas situaciones que hoy han sido problematizadas, no es fácil hablar de estas cuestiones claramente, sin desterrar la idea de que la sexualidad pasa solamente por lo genital.
   Les menores pasan día a día por diferentes situaciones en los cuales no hay contacto sexual, y constituyen abuso. Que las victimas puedan identificar abuso en un sujeto que les exhibe sus genitales en la vía pública, o que detente algún tipo de poder y control sobre sus cuerpos, es una tarea fundamental del marco de contención desde lo educativo que la plena aplicación de la ESI representa: la creación de espacios de formación serios, sostenidos, sistemáticos, donde les educadores y cada persona involucrada en educación pueda acceder a herramientas, revisar conceptos y elaborar un abordaje que contemple todas las dimensiones de la sexualidad y la salud.
   El 90% de los casos de abuso de menores intrafamiliar es cometido por victimarios varones. Este dato también merece una reflexión de Moyano, quien sostiene: “Muchas veces son las madres las que denuncian y se meten en una batalla judicial -más aún cuando el acusado es el padre- que las destroza a ellas y a sus hijos, dado que no se les cree. Se tiende a demonizar a la madre, a señalar que lo que el hijo denuncia es impuesto por la madre para atacar al ex marido/pareja”.
   “Se embarcan en verdaderas guerras judiciales por cuidado personal (ex tenencia), tienen lugar las infernales ‘revinculaciones’, donde por no creerles, los niños son literalmente sometidos por el aparato judicial: los obligan a ver a la persona que denuncian por abuso, y en el peor de los casos, el cuidado personal queda en manos de estos imputados para castigar a las madres que se atrevieron a denunciar”, agrega.
   Esta legislación se enmarca en un cúmulo de leyes que modificaron el Código Penal en cuanto a los delitos sexuales cometidos contra personas de menor edad.
   Una de ellas es la denominada «Ley Piazza», que permitió que la prescripción de este tipo de delitos, cuando es cometido contra menores de edad, empiece a correr recién cuando la víctima cumpla la mayoría de edad. El fundamento es el mismo, muchas veces al ser un delito intrafamiliar, y tener que continuar conviviendo con el agresor, no se denunciaba el hecho.
   En 2015, se dictó otra ley que marcó la imprescriptibilidad de estos delitos, cuando son cometidos contra niñas, niños y adolescentes, con fundamento en el alto impacto que tiene en la psiquis de la víctima, similar al estrés postraumático en casos de tortura, lo cual muchas veces bloquea a la víctima y fundamentalmente su memoria, al punto de no recordar lo sucedido hasta muchos años después. De este modo se permite que si la víctima, ya adulta, desea denunciar, pueda hacerlo, investigándose el delito, aunque hayan transcurrido muchos años.
   Aún restan muchas cuestiones por discutir en este camino: la implementación de la figura del abogado del niñe para que defienda los intereses de les menores víctimas en esas causas penales, la protección a les profesionales obligades a denunciar los casos de abuso sexual infantil, eximirles del secreto profesional y las responsabilidades legales por dar aviso de estos delitos.
Más información sobre abuso infantil y pedofilia en Argentina:  https://revistacolibri.com.ar/2016/07/19/violentar-la-inocencia/
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